ORDENANZA MUNICIPAL DEL TERMINAL DE BUSES DE FUTALEUFÚ

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La presente ordenanza se aplicará a todas las personas naturales o jurídicas,  así como a las empresas legalmente constituidas y dedicadas a la prestación de servicios de transporte público de pasajeros urbanos y no urbano, que cuenten con buses y la correspondiente administración de la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de la región de Los Lagos. en adelante la SEREMITT, y que tengan como lugar  de inicio o llegada de sus servicios el terminal de buses de la I. Municipalidad de Futaleufú. Lo anterior, sin perjuicio, de las normas de general aplicación, contenidas en esta ordenanza municipal.

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