Lo dispuesto en el artículo 2 de la Constitución Política de Chile que define los emblemas de nuestro País; Ley 20.597 sobre los colores y proporciones de la bandera nacional; Ley 20.597 sobre el uso e izamiento del pabellón Patrio; Lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº1.534 del Ministerio del Interior, a través del cual determina Los Emblemas Nacionales y Reglamenta su Uso y en ese uso de las Facultades que me confiere la Ley Nº 18.695/88, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 19.602/92 del Ministerio del Interior.
