La Municipalidad de Futaleufú, a través de oficina de Organizaciones Comunitarias/DIDECO, informa:
En base a la ley 19.418 de Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, se les recuerda a los y las Dirigentes Sociales lo siguiente:- Las Municipalidades llevarán registro público de las Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias que se constituyeren en el territorio.- Es obligación de las Municipalidades mantener copias actualizadas y autorizadas anualmente del registro de socios.
La organización debe presentar al Secretario Municipal una copia actualizada del registro de socios en el mes de marzo de cada año. Sin perjuicio de lo anterior, cada organización deberá remitir al Secretario Municipal, cada seis meses, certificación de las nuevas incorporaciones o retiros del registro de socios (si esta información no llega, se podría asumir que la organización ha disminuido el mínimo de socios siendo posible su disolución)- Las organizaciones deben entregar anualmente un balance o cuenta de resultados sometido a aprobación de la asamblea.
En base a lo expuesto, se le solicita a las organizaciones sociales y Juntas de Vecinos ingresar la documentación que tengan un su poder para sacar las copias correspondientes y además cumplir con la normativa respecto a la presentación del registro de socios anualmente y sus ingresos y egresos de integrantes semestralmente.
Si no cuentan con ningún tipo de documentación acercarse a la oficina de Organizaciones Comunitarias para revisar su situación.