Este domingo 25 se realizará a nivel nacional el Plebiscito Nacional 2020, para definir si queremos o no, una NUEVA CONSTITUCIÓN, la consulta constará de dos preguntas:
La primera, “¿Quiere usted una nueva Constitución?”, estará impresa en una papeleta de color blanco y tendrá dos posibles respuestas: “apruebo” o “rechazo”.
La segunda, «¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución?”, estará impresa en una papeleta color beige y ofrecerá las alternativas de Convención Mixta Constitucional (una asamblea formada en un 50% por constituyentes elegidos para ese fin y en 50% por actuales miembros del Congreso) o Convención Constitucional (conformada en un 100% por constituyentes elegidos para ese fin).
Silvia Llanquilef es la delegada del recinto de votación y nos comentó que, «El llamado que se hace a la comunidad es a ir a votar con tranquilidad, pues se contarán con todas las medidas sanitarias para asegurar que cada persona vote segura», mencionó.
De este modo, el alcalde de la comuna, Fernando Grandón también llamó a votar tranquilos, «Pese a que el voto es totalmente voluntario, cada habitante de nuestra comuna debe saber que se está haciendo todo lo posible por que se cumplan los protocolos sanitarios al 100%. En este sentido, los vocales se capacitarán el día sábado 24 desde las 15 hrs en la escuela Futaleufú, para entregar a quienes se acerquen a votar toda la tranquilidad que se requiere, más en estos momentos donde aparecieron los primeros casos de Coronavirus en la comuna», afirmó el alcalde.
A continuación adjuntamos el Comunicado para el resguardo del Orden Público del 25 de octubre:
Resumen de las disposiciones PARA EL RESGUARDO DEL ORDEN PÚBLICO EN EL PLEBISCITO NACIONAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DE 2020 (Circular) Núm. 61.- Santiago, octubre de 2020.Las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, en su calidad de fuerzas encargadas de la mantención del orden público, ejercerán sus atribuciones desde el segundo día anterior al acto electoral, esto es, desde las 00:00 horas del día viernes 23 de octubre de 2020, hasta el término de las funciones de los Colegios Escrutadores, de conformidad a lo establecido en el artículo 122, de la Ley Nº 18.700.
Cualquier local público o privado en el cual se realicen actividades de propaganda electoral o se desarrollen reuniones de esa naturaleza, permanecerán cerradas durante el período comprendido entre las 00:00 horas del segundo día anterior al acto electoral, esto es, del día viernes 23 de octubre de 2020, hasta cuatro horas después de haberse cerrado la votación en las Mesas Receptoras de Sufragios; salvo aquellas en que se realice alguna de las actividades indicadas en el artículo 168 de la Ley Nº 18.700 (artículo 127, Ley Nº 18.700).
El día 25 de octubre de 2020, entre las 05:00 horas de la mañana y hasta las dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos.
El día 25 de octubre de 2020, y hasta dos horas después del cierre de la votación, no podrán realizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos, culturales de carácter masivo, cuando la fuerza encargada del orden público estime que estos podrán afectar el normal desarrollo del proceso electoral.
La fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición (artículo 128 inciso primero, Ley Nº 18.700).Queda prohibida la celebración de manifestaciones o reuniones públicas de carácter electoral, en el período comprendido entre las 00:00 horas del día viernes 23 de octubre de 2020, hasta cuatro horas después de haberse cerrado la votación en las Mesas Receptoras de Sufragios (artículo 127, Ley Nº 18.700).
El permiso para efectuar desfiles, manifestaciones y reuniones públicas de cualquier naturaleza que se efectúen expirado el plazo indicado precedentemente, deberá solicitarse a la autoridad del Servicio de Gobierno Interior que corresponda.
Dado el contexto sanitario actual, en el Protocolo para el Plebiscito Nacional 2020, el Servicio Electoral ha reiterado la exigencia a dar cumplimiento a lo establecido por el Ministerio de Salud en el decreto Nº 4, de 2020, respecto a la prohibición de realizar actos masivos, ya sea de manera pública o privada, pues son incompatibles con la estrategia de distanciamiento físico y cuidado intensivo sanitario. Lo anterior debe adecuarse a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en el plan “Paso a Paso».